REFORMAS LEGALES PARA MOTOCICLETAS

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En el post anterior hablamos sobre los puntos a revisar en la  ITV de ciclomotores y motocicletas, a continuación seguimos hablando sobre las reformas legales que podemos realizar en nuestras motocicletas. Dada la pasión que hay por el mundo del motociclismo nos podemos permitir algunas personalizaciones o adaptaciones que se adapten a nuestras necesidades.

 REFORMAS LEGALES PARA MOTOCICLETAS

La ley en nuestra mano

En la práctica nos encontramos con el problema de que prácticamente tenemos que proceder a la homologación de casi cualquier modificación que se nos ocurra realizar sobre la motocicleta. Hay que homologar las reformas que afecten a los datos originales de homologación de la motocicleta o a los que estén ya incluidos en la ficha técnica.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha obligado a sustituir a la Unión Europea la anterior legislación. El 14 de Julio de 2010 se publicó el nuevo Real Decreto 866/2010 por el que se regula la tramitación de Reformas en vehículos que entró en vigor 6 meses después. En la antigua legislación se contemplaban 46 “reformas de importancia”, como por ejemplo la primera reforma hablaba sobre la sustitución del motor por otro de diferente fabricante o tipo. Mientras que en la nueva legislación ya no se habla de “reformas de importancia” si no que ahora ya con la nueva ley ha cambiado a uno más amplio, “reforma de vehículo” y dice lo siguiente:

Toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación y en remolques ligeros después de ser autorizados a circular, que o bien cambia alguna de las características del mismo, o es susceptible de alterar los requisitos reglamentariamente aplicables contenidos en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio. Este término incluye cualquier actuación que implique alguna modificación de los datos que figuran en la tarjeta de ITV del vehículo.”

Todo esto significa que hasta el 14 de Enero de 2011 no se consideraban “reformas de importancia” y con lo cual no se necesitaban legalizar en la ITV pero con la nueva ley “reforma de vehículo” sí que tendremos que legalizar y por lo tanto incluirlo en la ficha técnica de nuestra motocicleta.

Modificaciones legales (sin necesidad de reforma):

  • Colectores y silenciadores: Siempre que este homologado bajo la normativa 97/24/CE y los catalizadores bajo la directiva 2005/30/CE, siempre acompañando la documentación de homologación.
  • Cúpulas: Que no sobrepase la altura máxima de la homologación de la motocicleta o si es posible desmontar sin necesidad de herramientas.
  • Topes anti caída: Siempre que no sobrepase la anchura total de la motocicleta.
  • Maletas y alforjas: Tienen que estar homologadas y que no pasen la anchura total, en el caso de que no estén homologadas se necesitará la aprobación del proyecto y posteriormente quedará reflejado sobre la ficha técnica.
  • Porta matrículas: Siempre que este homologado y no se modifiquen los ángulos de visibilidad y la inclinación de la placa (si todo esto se respeta se puede cambiar sin problemas).
  • Manillar: Se puede substituir siempre que las dimensiones totales (anchura, altura y distancia) sean las mínimas exigidas. Si el inspector de la ITV no está muy convencido de que no se trata del original puede ser considerado como una modificación con lo cual se necesitará su legalización.
  • Estribos (pedales): Tienen que ser retráctiles manteniendo a su vez la luz de freno independiente del pedal derecho (motos de marchas).
  • Pasajero: Colocar una tapa sobre el colín no está considerado una reforma pero al ser biplaza se deben conservar los estribos así como el propio asiento. Un colín monoplaza al estar la moto homologada como biplaza o al revés no permitiría proceder a la inspección.
  • Manetas: Tienen que mantener la configuración, emplazamiento y dimensiones originales del vehículo.
  • Neumáticos: Se podrán substituir siempre que cumplan los criterios de equivalencia de – Índice de capacidad de carga igual o superior – Código de categoría de velocidad igual o superior, – Igual diámetro exterior con una tolerancia de más/menos 3% y – Que el perfil de la llanta sea el correspondiente al neumático.

Se consideran reformas:

  • Identificación.
  • Unidad motriz.
  • Transmisión.
  • Ejes.
  • Suspensión.
  • Dirección.
  • Frenos.
  • Carrocería.
  • Dispositivos de alumbrado y señalización.
  • Modificaciones de datos que aparezcan en la ficha técnica.

Las modificaciones legales que hemos comentado son las más comunes, con lo cual recomendamos que si no estás seguro de la reforma que quieras realizar en tu motocicleta es que te dirijas a tu taller de confianza o directamente lo mejor es dirigirte a tu estación de ITV más cercana y que te asesoren sobre tus dudas. A continuación adjuntamos el link del manual de reformas de vehículos (segunda revisión y corrección de Abril de 2015):

• Manual de reformas de vehículos

 

PROCESO DE LEGALIZACIÓN DE REFORMA, DOCUMENTOS NECESARIOS

 

Informe o dictamen emitido por el fabricante de la moto, o su representante legal debidamente acreditado en España. En la mayoría de los casos, el fabricante de la motocicleta no autoriza, o no emite el informe favorable para las reformas (normalmente sólo documentan los accesorios originales que vende el propio fabricante), se puede sustituir por otro firmado por un Laboratorio Oficial (Servicio Técnico en el argot del Real Decreto) acreditado en España para Reformas. Estos informes deben indicar que las condiciones de seguridad y de protección medioambiental de la motocicleta tras la reforma, cumplen los requisitos exigidos.

 

Certificado del taller que ha efectuado la o las reformas, indicando en qué consiste la reforma y certificando que la misma cumple la normativa vigente.

 

En ciertas reformas (modificación de la suspensión, dirección, frenos, carrocería…) se exige además un Proyecto Técnico y un Certificado de ejecución de obra, ambos redactados por un ingeniero competente. El Proyecto Técnico deberá contener unos datos, cálculos y esquemas mínimos para cada tipo de reforma.

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Author: Buscador de Talleres

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