Remolques

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-Lo primero que debemos conocer son los tipos de remolque, existen dos tipos, ligeros y no ligeros, los cuales están sujetos a normativas distintas.

  • Remolque ligero: La MMA (Masa Máxima Autorizada) no debe superar los 750 Kg. Estos remolques son los más habituales, para cargar leña, aumentar la carga del maletero si se queda pequeña, transportar una moto, bicicletas…

Remolque ligero de un eje

  • Remolque no ligero: La MMA es superior a 750 Kg, por ejemplo para arrastrar un vehículo, caravana, barco…

Remolque no ligero de un eje

Como hemos comentado anteriormente, en función del remolque que tengamos necesitaremos un carnet u otro para poder remolcar legalmente.

  • Permiso B: Remolque ligero de menos de 750Kg de MMA, los remolques no ligeros si el conjunto no supera los 3500 Kg.
  • Permiso B + B96: Remolque no ligero de más de 750Kg y el peso total es superior a los 3500 y no supera los 4250 Kg.
  • Permiso B + E: Remolque no ligero de más de 750Kg, el peso total esta entre 4250 y 7000 Kg.

Seguro e ITV funciona parecido al apartado del carnet, existen variaciones en función del remolque que dispongamos. Si disponemos de un remolque ligero, el seguro del vehículo nos cubriría, habría que notificarlo a la aseguradora para que quede constancia. No precisan de matrícula propia, debemos poner la misma del vehículo.

Por el contrario los remolques no ligeros funcionan diferente, están considerados vehículos independientes, por lo tanto necesitan su propia documentación y tenerla en regla: Matriculación, ITV y seguro. La matrícula de estos tendrá fondo rojo con una R al inicio, acompañada de la matrícula del vehículo.

Matrícula de remolque

Tanto para los remolques ligeros como no ligeros, debemos tener un vehículo con un enganche homologado y que conste en la ficha técnica del vehículo, puede salir de fábrica con el enganche. En caso de que no dispongamos del mismo, deberemos realizar la instalación a posteriori con su respectiva homologación. Consta de una parte mecánica (el enganche) y una parte eléctrica (Conector con instalación) para que funcionen las luces del remolque.

Bola de remolque con toma eléctrica

Quizás el tema más importante es realmente si podemos remolcar lo que necesitemos. Para saberlo tenemos que hacer unos cálculos. Haremos un ejemplo con el carnet B, ya que es el más restrictivo para el conjunto. Sabemos que la MMA del vehículo tractor + MMA del remolque no debe superar los 3500 Kg.

Si tenemos una Berlina (vehículo tractor) con una MMA de 2400 Kg, dispondremos de 1100 Kg para remolcar, hay que contar el peso del remolque, unos 300/400 Kg como norma general. Podríamos arrastrar una carga máxima de 700/800 Kg algo justo para un coche por ejemplo…

Haría un total de 3500Kg, lo máximo para el carnet B. En este caso para arrastrar un coche de 1200 Kg deberíamos tener el carnet B96, ya que serían 3900 Kg

Existe una posibilidad, que sería la de reducir la MMA del vehículo tractor o del remolque, incluso se podría reducir de los dos, para beneficiarnos en función de nuestras necesidades.

Ponemos otro ejemplo: Sabiendo que las sumas de las MMA son 3500.

Si tuviésemos un vehículo tractor con una MMA de 2000 Kg, un remolque de 300 Kg nos quedaría para remolcar 1200 Kg, con ese peso, para un vehículo no iríamos tan justos. Reduciendo 400 Kg al vehículo tractor, si el remolque tiene una MMA de 1500. Podríamos remolcar legalmente.

  • Cabe destacar que para realizar el proceso de reducir la MMA debemos ir a una estación de ITV para realizar los trámites.

Author: Buscador de Talleres

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1 Comment

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